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Procedimiento de gobierno del quórum

Procedimiento de gobierno del quórum
Procedimiento de gobierno del quórum

Vídeo: QUÓRUM Y MAYORÍAS 2024, Junio

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Anonim

Quórum, en el procedimiento parlamentario, el número de miembros cuya presencia se requiere antes de una reunión puede actuar legalmente. El quórum se refiere al número presente, no al número de votos. El presidente, al determinar la presencia de un quórum, cuenta todos los miembros visibles, ya sea que voten o no. No hay ningún requisito para anunciar los nombres de los miembros así contados. Un quórum es una mayoría a menos que la ley, el estatuto, la constitución, los estatutos o los artículos que crean el cuerpo lo fijen en una figura o proporción diferente.

El término quórum entró en uso en la comisión emitida anteriormente a los jueces de paz en Inglaterra. En un día en que la erudición legal en el banco local era la excepción más que la regla, fue necesario encargar a los miembros de la corte agregar uno o dos o tres juristas con suficiente conocimiento y experiencia para cumplir con los deberes técnicos del tribunal. Estos se conocieron como el quórum, sin el cual la corte no se sentó.

Se requiere la presencia de un quórum para la transacción de todos los negocios. En ausencia de quórum, se suspenden los negocios pendientes y no se puede tramitar ningún negocio, por muy privilegiado que sea, incluso por consentimiento unánime. Las actas de la reunión anterior no pueden leerse ni aprobarse sin quórum, y el punto de "no quórum" puede hacerse en cualquier momento antes de que se complete la lectura. Sin embargo, la oración de un capellán de una asamblea legislativa no requiere un quórum, y la presidencia se niega a considerar un punto de "no quórum" antes de ofrecer la oración.

Un quórum es necesario incluso para el debate. Cualquier miembro puede plantear la cuestión de "no quórum" y el presidente está obligado a reconocer para ese propósito a pesar de que otro miembro tenga la palabra. La ausencia de un quórum invalida los procedimientos en los que se planteó la cuestión del quórum, y el negocio pendiente conserva el estado exacto que ocupaba en ese momento. Sin embargo, si se han completado los procedimientos, es demasiado tarde para establecer la cuestión de orden de que no haya quórum.

En ausencia de quórum, la reunión debe suspender o asegurar un quórum. Las únicas mociones admisibles son aquellas para fijar el momento en que se levanta la sesión, el receso o para avanzar en el esfuerzo para asegurar un quórum. La pregunta anterior se puede ordenar en una moción incidental para asegurar un quórum, y una apelación de la decisión del presidente es necesaria en ese sentido. Un quórum no es necesario para levantar la sesión, pero el punto de "no quórum" está en orden en un voto negativo sobre la clausura. Cuando un quórum está obviamente presente, la silla puede negarse a considerar un punto de "no quórum" como dilatorio.

Como en el cuerpo de padres, la mayoría de un comité permanente es un quórum y es esencial para la transacción comercial. Las juntas directivas o fiduciarios entran en esta categoría. Ningún informe de un comité permanente es válido a menos que lo autorice un voto mayoritario tomado en una reunión formal del comité con un quórum presente, pero es demasiado tarde para plantear la cuestión después de que el informe haya sido recibido y tomado en consideración. Además, un informe aprobado por mayoría de votos, con quórum presente, en una reunión debidamente autorizada, es vinculante, aunque el número que posteriormente firma opiniones minoritarias supera en número a los que votaron por el informe.

Una sesión de un comité permanente, que se ha suspendido sin obtener un quórum, es irrevocable y no se puede contar para determinar la admisibilidad de una moción para reconsiderar. Cuando el comité levanta la sesión en un día establecido de reunión por falta de quórum, las sesiones subsiguientes el mismo día, incluso cuando asiste un quórum, no son competentes para la transacción de negocios.

Se puede retirar un punto de "no quórum" en cualquier momento antes de que el presidente lo determine y se pronuncie, pero no después de que se haya determinado y anunciado la ausencia de quórum. Si se ha anunciado erróneamente que un quórum ha votado cuando la lista revela más tarde la ausencia de quórum en la votación, el presidente declara nulos los procedimientos posteriores.